XXXII. Padrón de proveedores y contratistas.
En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar un padrón con información relativa a las personas físicas y morales con las que celebren contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y/o servicios relacionados con las mismas, que deberá actualizarse por lo menos cada tres meses.
NO APLICA
Este tipo de información no es generado por la Secretaría de Protección Civil por no tener facultades, competencias y atribuciones otorgadas en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.
Le corresponde a la Secretaría de Administración e Innovación Gubernamental: Art. 18 fracción XV de su Reglamento Interior y art.11 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles del Estado de Campeche.