XXXVII. Los mecanismos de participación ciudadana.
Todos los sujetos obligados publicarán el conjunto de acciones que pretenden impulsar el desarrollo local y la democracia participativa, tales como actividades, acciones, informes, concursos, comités, sesiones, encuestas, consultas, foros, eventos, experiencias y demás mecanismos de participación ciudadana de los que dispongan, incluidos aquellos que utilicen como medio las tecnologías de la información y comunicación, como los sitios de Internet (o portales institucionales) de conformidad con la normatividad aplicable, procurando atender las mejores prácticas a nivel internacional, con el objetivo de disminuir las barreras de entrada a la consulta, participación y colaboración.
NO APLICA
Este tipo de información no es generado por la Secretaría de Protección Civil por no tener facultades, competencias y atribuciones otorgadas en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.
Esta atribución le corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social y Humano, de conformidad con el Art. 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.